Escuelas Post-Aristotélicas
Epicureísmo
Fundada por Epicuro (341-270 a.C.), creador de la teoría atómica. Su pensamiento sobre el origen de la sociedad no se remonta a la existencia de un ser sobrenatural, sino que se justifica por la composición de la materia en átomos que, de forma espontánea y fortuita, crean el universo. Este pensamiento es trasladado a la convivencia social, que se origina en la utilidad, en cuanto el hombre lo que ansía es el placer. Por lo tanto, nace el estado o polis por la utilidad al hombre de convivir placenteramente. La existencia del derecho natural se remonta a un acuerdo con los ciudadanos, que se entiende como un pacto de utilidad para convivir en paz.
Estoicismo
Fundada por Zenón de Citio (336-264 a.C.). Su moral se fundaba entre la naturaleza y la divinidad. Para ellos, el mundo es el cuerpo de Dios y Dios es el alma del mundo. Proponían vivir una vida virtuosa por medio de los sentidos, ya que la vida honesta da la felicidad. El derecho natural o ley natural para ellos jamás podría ser el efecto de la utilidad común, sino que era una manifestación de aquella razón universal. Reconocían la igualdad humana e iban en contra del esclavismo. Esta filosofía abrió camino al cristianismo.
Roma
El pueblo romano, en contraposición al griego, se dedicaba a la conquista de nuevos territorios y a la expansión de su ley. No describieron la historia del derecho, sino que hicieron el derecho. Su ley constituye un almacén inagotable de principios legales que se analizan aún hasta nuestros días. Su ley era rigurosa y se asimilaba a los territorios que iban conquistando. Así, dividían sus leyes en el Ius Civile, que solo se aplicaba para el ciudadano romano, y el Ius Gentium, que se aplicaba para los territorios anexados.
Roma era una pequeña agrupación de pueblos esencialmente agrícolas, y sus leyes, específicamente la Ley de las Doce Tablas, tenían una fuente netamente tradicional y consuetudinaria, una especie de jurisprudencia, obediencia de ritos.
Es así que su concepto de justicia estaba más ligado a la organización de un sistema de administración y justicia en base a principios de utilidad en el marco de la equidad, donde la idea de lo justo no es ideal, sino aplicable a casos prácticos.
Cicerón
Filósofo romano (106-43 a.C.), grandemente imbuido en la filosofía estoica, que junto a su pensamiento lo tipifica más bien como un ecléctico en cuanto se refiere al derecho natural. Reconoce la existencia de una ley natural y divina al mismo tiempo, nacida con los hombres y no creada por ellos, por lo mismo es inmutable, eterna y común a todos los pueblos y tiempos. Estaba en contra de la desigualdad, el esclavismo y de las guerras, a no ser que sean en legítima defensa. Su idea de justicia estaba en mérito a considerarla la reina de las virtudes. La identificaba con lo justo natural, que se expresaba en honrar a los padres, cumplir los deberes patrios y respetar a los mayores de edad. El derecho civil servía para una aplicación práctica de esta justicia conjuntamente al derecho.
Ulpiano
Otro filósofo romano (170-228 d.C.). Se le reconoce como el primero que le atribuyó al derecho un carácter filosófico, pues lo denominó como la ciencia de lo justo, pues su origen etimológico proviene de ius, es decir, justicia. A la vez, define la misma como la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que se merece, en la que se destacan dos elementos: la justicia como volición o intención permanente y constante, sin la cual no se puede explicar el derecho, y la justicia como intención de aplicar a cada uno lo que le corresponde, es decir, el derecho como arte de distribuir. Por lo tanto, los preceptos del derecho se reducen a: vivir honestamente, no dañar al otro y dar a cada uno lo suyo. Dentro del derecho positivo romano identificó tres esferas: el derecho civil, de gentes y natural.
Doctrina Cristiana del Derecho Natural
Del siglo V al siglo VI, comienzos de la Edad Media, se caracterizaron por el hecho más profundo de cambio en la humanidad: la llegada del cristianismo, filosofía que al principio pocos conocían por sus raíces judaicas. Este terreno estaba abonado por los pensamientos filosóficos post-aristotélicos, especialmente estoicos, que predicaban la igualdad de los hombres y la vida llena de virtudes.
Pablo, ciudadano romano, liberó el cristianismo de la tradición judaica y la pasó a los gentiles. Los inició, combatió la esclavitud y dio a la mujer un lugar social.
Es así que este periodo concluye con la caída del Imperio en manos de los bárbaros y comienza otro periodo que dura mil años, la Edad Media, de los siglos VI al XV, que atraviesa por dos etapas: la primera de gobiernos militares y la segunda de distribución de territorios. Pero ambas se caracterizan por seres humanos confundidos, sin conocer las ciencias y pensamientos filosóficos clásicos y entre dogmatismos religiosos. Frente a las ideas paganas, estos se denominaron los apologistas.
La Patrística
Estos eran también padres que formularon la teología, es decir, sintetizaban el cristianismo con la filosofía clásica para defensa y explicación de la revelación mediante una exposición racional de las enseñanzas del Señor Jesús y de las prédicas de los apóstoles.
Su mejor exponente fue San Agustín (354-430 d.C.). Su muerte traza el límite de la Edad Antigua hacia la Media. Escribe Confesiones y La Ciudad de Dios. En esta última estaba destinada a desaparecer en el juicio final por sus constantes vicisitudes de guerras e incomprensiones. Sin embargo, la Ciudad de Dios es eterna porque se muestra humilde y sometida a sus mártires.
En cuanto al estado, este vela por la paz y los aspectos materiales.
La ley distingue: eterna (razón de Dios), natural (razón humana) y humana (varía en el momento histórico).
La Edad Media tuvo una duración de mil años y se inicia con el cristianismo.
La Escolástica
La escolástica es en vida como aquel pensamiento que creció a partir de la evocación y enseñanza del clero. Su máximo nivel de producción se manifestó en los siglos XII y XIII, gracias a haberse hallado los manuscritos de Aristóteles, la creación de universidades y de órdenes religiosas como los franciscanos.
Santo Tomás de Aquino fue quien fusionó la teoría aristotélica y la teología de manera sistemática y estructurada, sin dejar de lado a la teología platónica (1224-1274). Su obra Suma Teológica expone con más claridad que ningún otro pensador de este tiempo la filosofía cristiana y de la Iglesia Católica. Desde el Concilio de Trento es considerado altamente científico. Su doctrina jurídico-política concilia la obra aristotélica con la teología, estableciendo entre el saber filosófico racional y la fe sobre la razón. En cuanto a derecho, expresa que es el contenido objetivo de la justicia, distinguiendo la justicia conmutativa, que aplica una igualdad entre los hombres, de la justicia distributiva, en base a la proporcionalidad, y de la justicia general o legal, que vendrá a ser un orden de las virtudes para la concepción del bien común propia de leyes. El derecho hace referencia a la ley, y cuando el pensador expone que este tiene la finalidad del bien común, nos introduce a la doctrina social de la Iglesia, que se identifica con la solidaridad humana y se entiende como el conjunto de condiciones espirituales, culturales y materiales necesarias para que la sociedad pueda realizar su fin propio y establecer un orden justo. Así, el papel del poder eclesiástico es primordial y tiene predominio absoluto sobre el poder civil y, por lo tanto, el príncipe o monarca está subordinado al Papa. Todo régimen contrario a este principio no puede ser legítimo. En cuanto al derecho positivo, lo entendió como aquello que es justo. En sus palabras, toda ley humana es producto del legislador, pero deberá obedecer la exigencia de la justicia, que son intrínsecas al orden de los seres del mundo.
Monarquía Absoluta
Poder ilimitado. El rey es dueño de todo, tiene poder absoluto. Su poder es compartido con el de la Iglesia Católica.
Humanismo
Apareció en el periodo del Renacimiento, alrededor del siglo XV. En este tiempo, las ciencias jurídicas se especializan en tres grandes ramas: el estudio práctico del derecho positivo, que será objeto de la jurisprudencia; el estudio histórico del derecho, que dará lugar a la historia de las ciencias jurídicas; y el derecho natural, que es el objeto de la filosofía jurídica. Es así que el humanismo sentó bases en este contexto, influyendo inmensamente en el desarrollo del pensamiento científico frente al pensamiento medieval.
Reforma Protestante
Siglo XVI. Martín Lutero (1448-1563) renegó contra las ventas de indulgencias. Expuso 95 proposiciones que declaraban sus objeciones y que clavaba en las puertas de la iglesia. La contribución de la reforma luterana es la libertad de conciencia, que luego dio paso al pensamiento científico. Lo que no pudo hacer fue deshacer la relación entre el poder público y la Iglesia Católica.
Hugo Grocio
(1583-1645) Jurista y teólogo holandés. En su obra Del Derecho de la Guerra y la Paz marca finalmente la diferencia entre el derecho, la teología y la religión. También se le reconoce como fundador del moderno derecho internacional, pues a él se debe la sistematización de tales doctrinas. Ve al derecho natural como naturaleza racional del hombre, independiente de la existencia de Dios.
Principios: no desear lo ajeno, cumplir promesas, indemnizar daños, castigar merecidamente.
Tolerancia a las diferencias religiosas siempre que se basen en la existencia de Dios y la inmortalidad del alma. También identificaba el origen de la sociedad en un contrato que hacía posible su existencia, que se encontraba establecido en una constitución, pero dentro del cual el súbdito no tendrá derecho a rebelarse ni a destituir al gobernante, y este a su vez se verá obligado al cumplimiento del contrato a favor de los súbditos. En cuanto al derecho de gentes, resalta su importancia en las relaciones internacionales, es decir, entre estados.