John Locke: Fundamentos Filosóficos del Estado y la Propiedad Privada

La Teoría del Origen Divino de los Reyes

Esta teoría era aceptada en la época medieval y se amparaba bajo la supuesta concesión de legitimización que Dios entrega a los reyes. Locke, al contrario, defiende que la legitimización para dirigir un estado parte de un pacto entre los individuos que forman la sociedad. No entiende la convivencia social sin el consentimiento de los miembros de la sociedad y este pacto no justifica ni la renuncia a los derechos personales ni el absolutismo. Con este pacto quiere legitimar precisamente los derechos personales; el estado debe garantizarlos, no arrebatarlos.

En el siglo XVI algunos autores mantenían que las personas no nacen libres e iguales, por lo que el mejor de entre todos ellos debe llevar las riendas del poder. Según ellos, este poder procedía de Adán y estos hombres ‘perfectos’ eran sus legítimos herederos. Locke opina, en cambio, que todas las personas somos libres e iguales por naturaleza. Y en el supuesto de que Adán hubiese existido, sería imposible reconocer verdaderamente a sus legítimos herederos ya que todos estamos emparentados con él.

El Estado de Naturaleza y la Ley Moral Natural

Locke consideraba IMPRESCINDIBLE conocer el estado natural del ser humano, para así establecer una sociedad políticamente correcta. En su estado natural, creía que cualquier persona podría atentar contra las libertades y los derechos de los demás. Pero incluso en ese estado, están sujetos a una ley moral natural, obligatoria para todos y descubierta por la razón – por el sentido común – que impone unos límites a la conciencia y a la conducta de los seres humanos.

Los límites se sitúan donde comienzan los derechos de la otra persona. Es decir, atentar contra cualquiera de los derechos de una persona supone traspasar un límite que no debe traspasarse; los derechos de cada persona están franqueados por límites para que estos no se vean dañados.

Esos derechos naturales otorgados por la ley natural se refieren principalmente a la igualdad, la libertad, el derecho a la propia conservación… Así como sus límites se refieren a no dañar la vida, la salud o los bienes de otra persona. Para demostrar este estado de la naturaleza, Locke aporta dos ejemplos:

1

Una sociedad primitiva en la que un conjunto de los individuos castigan a un individuo por la falta que ha cometido.

2

Una sociedad actual en la que un conjunto de naciones castigan a una nación por la falta que ha cometido.

Ambos son una forma de estado de naturaleza. Según esto, el objetivo más importante de la comunidad política debe ser garantizar la seguridad, la propiedad y la libertad de los individuos.

La Ley Natural y la Ley Positiva

La ley natural

La ley positiva

Es la propia del estado de naturaleza, es la ley de la razón; la que parte del sentido común.

Supone un conjunto de principios basados en lo que se considera que son las características permanentes de la naturaleza humana. Nunca varía y es aplicable a nivel universal.

El problema fundamental de la ley natural es que por sí sola no garantiza que vaya a ser cumplida. Las personas pueden hacer sus interpretaciones al respecto, a veces ventajistas. Otras veces, el grupo no tiene el poder sancionador suficiente para penar a la persona que haya delinquido.

La ley positiva es la que, inspirada en la ley natural, es la ley de la sociedad civil.

Sí garantiza que vaya a ser cumplida, ya que al ser de común acuerdo entre todas las personas, será respetada por todos y el delincuente será penado.

A grosso modo, es la versión escrita y puesta en práctica de la ley natural.

El Derecho a la Propiedad Privada

Como ya hemos señalado anteriormente, Locke creía que uno de los derechos naturales era el de la propiedad privada y el de poder heredarla. La propiedad privada se fundamenta en el trabajo ya que el individuo que es libre y propietario de sí mismo también debe serlo de lo que realice con este. Además, como todo derecho natural, está sujeta a unos límites impuestos por la razón.

El Contrato (Pacto) Social

En el estado natural, antes de los gobiernos, era difícil defenderse. Este es uno de sus inconvenientes, por lo que para paliarlo, los hombres se pusieron de acuerdo creando un gobierno. A esto se lo conoce como el contrato social. Mediante él se reconoce a una autoridad pública que debe respetar y hacer respetar los derechos naturales.

Si el gobierno tratase de romper estos límites, convirtiéndose en opresor, el contrato social se anula AUTOMÁTICAMENTE y el pueblo tiene derecho a rebelarse y a emplear la fuerza contra el tirano.

En sus escritos, Locke identifica la ley natural con una ley divina. A la razón le compete interpretar esa ley y elegir al gobernante. Debe hacer coincidir la ley natural con la ley de la razón, con lo que el sentido común sugiere, y hacer que el poder parta del contrato social. Este se concreta en:

1

En el estado de naturaleza las personas gozan de libertad, igualdad y derecho de propiedad fundamentado en el trabajo. Todos tienen derecho a apropiarse de los bienes naturales que deseen siempre que queden suficientes y de igual calidad.

2

Para asegurar que los derechos se cumplan, las personas crean una sociedad y – sin renunciar a ellos – para dárselos a un soberano.

3

El estado surgido de este pacto NO tiene un poder absoluto, sino representativo. Está al servicio de los ciudadanos.

El Gobierno Social

Locke defiende la libertad de pensamiento y condena lo que suponga perjudicar a los demás. Desconfía del absolutismo, es un ideal político que concuerda con la clase media porque los pertenecientes a esta se sienten fuertes para reivindicar sus derechos.

El único medio para impedir que la autoridad soberana se convierta en despótica es la división de la soberanía o la división de los poderes. Los dos fundamentales son el legislativo y el ejecutivo, el tercero es el federativo.

LEGISLATIVO

EJECUTIVO

FEDERATIVO

Organiza como el Estado debe emplear la fuerza.

Asegura la aplicación de las leyes positivas en el interior.

Asegura la aplicación de las leyes positivas en el exterior.

Es necesario que estos poderes estén en manos distintas para evitar la tentación de abusar del poder. También es necesario que estén limitados, vigilados y asegurados por el pueblo mediante el derecho de insurrección.

El poder legislativo debe ser capaz de deponer y castigar al ejecutivo cuando sea necesario. Por el contrario, no existe ningún poder superior al legislativo.

La Disolución del Gobierno

Para Locke la revolución es justa cuando hay que enfrentarse a la tiranía o contra cualquier usurpación del poder. Pero es injusta toda rebelión contra un gobierno legal.

Como el gobernante y los gobernados se encuentran en estado de naturaleza y son iguales, esta acción puede ser justificable. Las personas pueden defender sus derechos contra aquellos que no los respeten, en este caso el gobierno. Por encima de la autoridad, está el derecho a la insurrección. Para algunos autores esta idea en la que tanto insiste Locke permite que haya una frecuente posibilidad para la rebelión. Locke no lo niega, pero afirma que su hipótesis no invita más a la rebelión que cualquier otra forma de gobierno y que todo depende de la situación en la que se encuentren los gobernados.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *