Los derechos del hombre en el estado de naturaleza con el derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad y a castigar a todo aquel que le prive de los tres derechos mencionados. Por tanto, se precisa la existencia de una justicia impartida con impa

FORMAS PERSONALES DE AUTORIDAD POLÍTICA:La forma de autoridad política se predomina en la antigüedad es la forma de autoridad personas en el ejercicio del poder. Este ejercicio viene legitimado por diversos tipos de discurso: religisoso, histórico…Entre estas formas predominan los despotismo, en los que el poder está ligado a la figura del héroe, fundador de una ciudad o un clan o dinastía. Los vehículos de transmisión son la herencia.Con la desaparición del I.R aparece en Eurpa un sist de poder personal centrado en la subordinación de un individuo a otro, se le conoce como vasallaje, la relación de vasallaje permitía la cesión de una porción de terreno. Lo carácterístico de estas relaciones socioeconómmicas era el derecho de su uso. Lo prioritario era el control del uso de las tierras y de la población q la trabajaba.Existían al final de la E.M 2 grandes instituciones políticas: Los Estados-Imperio y la iglesia.LA SOCIEDAD CIVIL MODERNA Y LAS TEORÍAS DEL PACTO SOCIAL:Un rasgo carácterístico de la sociedad moderna es la defensa del derecho a la propiedad. Garantiza la existencia de individuos libres y autónomos.Como consecuencia entre autonomía social
Política y económica, el individuo prima sobre la colectividad social. La sociabilidad, como carácterística fundamental del ser humano, se fundamenta ahora en la idea de que la sociedad es el resultado de que los individuos puedan establecer relaciones sociales que regulen el orden político, económico y el uso de la fuerza. Una vez rechazada la idea q se platean los pensadores de la época se planteán cual es el origen del poder. Dado que el individuo es libre, el poder que ejercen unos sobre otros debe tener su origen o bien en la violencia que puedan ejercer unos individuos sobre otros, o bien en la idea de un pacto o contrato entre los individuos libres.Las teorías del pacto o del contrato social distinguen entre el pacto de asociación por el que se constituye la sociedad civil y el pacto de sumisión por el que el individuo cede la autoridad al Estado.Lo que caracteriza al estado de naturaleza es la “libertad radical” del individuo, que si bien no establece ningún tipo de coacción sobre el individuo, tampoco le garantiza la posesión y disfrute de sus bienes ni de sus seguridad personal. Thomas Hobbes.La teoría política de Hobbes tiene como objetivo garantizar el orden social y evitar el conflicto generalizado de la población en una »estado de guerra de todos contra todos». Esta idea no debe entenderse literalmente como una Guerra Civil, sino más bien como un conflicto social generalizado que impida el desarrollo de las cualidades o de las potencialidades del ser humano y de su cultura. T.H va a partir de su argumentación de 3 premisas:1.Los seres humanos son iguales en lo que respecta a sus capacidades intelectuales o físicas que les lleva a perseguir los mismos fines.2.Todos los seres humanos buscan su propia conservación3.El hecho de que cada cual busque su propia conservación y satisfacer sus propia necesidades, lleva a los seres humanos a una competición generalizada entre los individuos.Lo que caracteriza al “estado de guerra” es su permanencia en el tiempo y el hecho de que el individuo depende para su seguridad de su propia fuerza e ingenio.Hay q tener en cuenta q el estado natural de guerra es una consecuencia de la propia naturaleza del ser humano y de sus pasiones. La fuerza y el fraude son las dos virtudes de las guerra, en esta estado de cosas la justicia y el bn no tienen sentido. Es importante tener en cuenta que este ‘estado de guerra’ nno es un hecho histórico en el sentido de q ha existido un momento en la hhistoria q ha precedido a la creación de todas las sociedades, q se trata de un estado q precede a la sociedad dede un punto de vista lógico.


Lo q Hobbes podría sostener es q el ‘estado de guerra’ representaría la condición en la q se podría encontrar el ser humano si prescindiese de la civilización y del modelo social centrado en la idea de un Estado que garantizara el cumplimiento de una leyes q limitase el abus de poder q pondrían ejercer los unos sobre los otros.En última instancia Hobbes se estaría oponiendo al principio defendido por Calicles de q existe el derecho natural.. Para limitar este abuso de poder todo el poder debe estar concentrado en un Estado concebido este como un poder implacable que impida el caos que se instauraría en una situación descrita como el estado de guerra de todos contra todos. La fundamentación de este Estado debe encontrarse en lo que Hobbes llamó “Leyes de la Naturaleza”. Las leyes de la naturaleza se definen como las leyes dictadas por el uso correcto de la razón. La ley natural no se fundamenta en ningún principio metafísico o teológico, sino en un principio egoísta de supervivencia. Las leyes garantizan mejor nuestra supervivencia que la lucha continua por la existencia. De esta concepción del poder político se infiere que los ciudadanos «deberán transferir todos sus poderes y fuerza a un solo hombre, o a una asamblea de hombres que puedan reducir todas sus voluntades a una sola voluntad».El poder del soberano es absoluto y no puede otorgarse de forma condicionada. Los súbditos no pueden cambiar la forma de gobierno ni repudiar el orden establecido tras el contrato. No sólo no puede cuestionarse el poder, sino que el soberano no puede ser imputado por sus hechos. «Cualquier cosa que haga el soberano, no puede ir en detrimento de ninguno de sus súbditos, ni podrá ser acusado por ellos de injusticia». Ningún soberano puede ser imputado ni castigado por sus súbditos, ya que, al ser cada uno de ellos autor de los actos de su soberano, castigar al soberano.Aunque el poder del soberano es absoluto, existen ciertos límites sobre sus actuaciones. El soberano no puede pedir a alguno de sus súbditos que renuncie a sus derechos básicos relacionados con su supervivencia o su integridad física. Tampoco una persona está obligada a confesar sus propios críMenes ni a matar por mandato. Un punto especialmente importante es los súbditos se ven desligados de su obligación de obedecer cuando el soberano renuncia a su soberanía.

J.LOCKE:Locke acepta con Hobbes el estado de naturaleza.Sin embargo, su idea de „estado de naturaleza‟ es muy diferente de la de Hobbes. Para Locke, existe una diferencia esencial entre el „estado de naturaleza‟ y el „estado de guerra‟. «El estado de naturaleza, para hablar con propiedad, se caracteriza porque los hombres viven juntos según la razón, sin que haya en la tierra un superior común para dirimir los conflictos entre ellos» El estado de guerra surge cuando la fuerza se usa fuera del ámbito del derecho.  La existencia del estado de naturaleza se fundamenta por la existencia de de una ley moral natural que puede ser descubierta mediante el uso de la razón.El surgimiento del estado civil es una necesidad q está en la propia naturaleza humana.Para Locke Dios, aunque creó libre al hombre en el estado de naturaleza, también le dio una “fuerte inclinación” para vivir en sociedad.  La primera forma de agrupación social sería la familia, mientras que la sociedad civil permitiría satisfacer las necesidades humanas. Estas necesidades humanas no pueden ser cubiertas en el estado de naturaleza ya que lo que caracteriza a éste es la total independencia de los unos con los otros. Para Locke la satisfacción de ciertas necesidades humanas sólo es posible si los hombres se dotan de una cierta organización social especialmente para conservar su libertad y sus derechos naturales.La aceptación del estado civil supone renunciar a sus poderes legislativos y ejecutivos tal y como se usaban en el estado de naturaleza con el objetivo de garantizar su seguridad y libertad.Locke reconoce la posibilidad de que la mayoría se comporte de forma tiránica con la minoría, esa posibilidad de abuso del poder es siempre menor que en el sistema político de la monarquía absoluta a la que Locke consideraba contradictoria con la sociedad civil.  Lo que obliga a un hombre a aceptar el poder de la mayoría es la aceptación de las ventajas que supone vivir en sociedad. Cuando una persona se beneficia de los derechos y privilegios de un ciudadano, debe suponerse que ha aceptado voluntariamente los deberes de un ciudadano del Estado en el que viva. Locke establece de forma tácita dos tipos de pactos por los cuales se forma el gobierno y se transfiere el poder al soberano.1 pacto  un hombre pasaría a formar parte de una sociedad política y quedaría obligado a aceptar las decisiones que se tomaran por la mayoría de los miembros de la comunidad; 2 pacto:los miembros de la comunidad deciden o encargarse ellos mismos del gobierno o instituir una monarquía o bien una oligarquía. La diferencia entre el papel que juega el pacto en Hobbes y en Locke es que mientras que en el primer caso el derrocamiento del soberano implicaría la disolución del la sociedad política, en el caso de Locke la sociedad política no puede disolverse porque se habría formado en un pacto distinto y sólo podría desaparecer mediante un acuerdo de sus miembros. Rousseau:Rousseau parte de la constatación de que a lo largo de la historia ha habido un aumento de la miseria y la desigualdad entre los seres humanos. Esta tendencia sólo podría frenarse con la instauración de un pacto o contrato que diese lugar a una sociedad más justa.Parte de una concepción antropológica que le lleva a afirmar «la bondad innata de los hombres». Es la vida social la que hace de las desigualdades naturales unas desigualdades sociales que posibilitan la apropiación desigual de las riquezas.  El responsable de esta situación no es el individuo, sino la sociedad civil, será necesario establecer un concepto de «sociedad civil» en la que todos y cada uno de sus integrantes pudiese verse reflejado en una «voluntad general» entendida esta como un cuerpo moralizado que esté por encima de la voluntad particular y de los intereses egoístas de los individuos concretos.


FORMAS DE ESTADO:-E.AUTORITARIO: La autoridad es ilimitada, no está sometida a ningún tipo de control, ni reconoce ningún tipo de organismo que pueda ejercer su crítica.La autoridad se manifiesta en la imposibilidad por parte de los ciudadanos para ejercer alguna actividad política o intervenir en los «asuntos de Estado». Tampoco existen órganos judiciales independientes respecto de los órganos de gobierno y de sus intereses y como consecuencia, el individuo se encuentra totalmente indefenso frente a los abusos del Estado.EstadoAbsolutista: Forma carácterística del Estado en el inicio de la Edad Moderna. En estas monarquías el poder del soberano es ilimitado sin prácticamente restricciones de ningún tipo. No hay forma de ejercer ningún tipo de oposición al poder ni de oposición legal frente al mandato del rey.EstadoTotalitario:En este tipo de dictaduras el Estado controla todos los ámbitos en los que se desenvuelve el sujeto llegando a controlar aquellos organismos e instituciones que no son propiamente estatales e incluso, la vida privada de los individuos llegando a ejercer su control sobre los medios de comunicación, las creencias religiosas y las normas morales, la familia.-Ed.Derecho: La autoridad estatal está sometida al dominio de la ley. El poder político sólo puede ejercerse dentro de los límites que impone la ley que afectan tanto a los súbditos como a los gobernantes. El objetivo último es proteger los derechos individuales frente a los abusos de la autoridad.Rasgos Característicos:1. La existencia de una Constitución, entendida ésta como la ley máxima que regula y estructura el funcionamiento de un Estado de derecho. En la Constitución quedan fijadas las normas generales, los órganos y procedimientos para el ejercicio del poder, así como la relación que estos órganos tienen con los individuos y sus derechos.2.La división de poderes. Aunque ya se encontraban referencias a la división de poderes en la obra de Aristóteles, se suele considerar a Montesquieu como al filósofo que introduce esta noción con el objetivo de evitar los abusos que el poder político puede ejercer.-E.SocialdDerecho: forma típica en la que se presenta el Estado en los países democráticos, en la que los ciudadanos pueden participar en la elección de los representantes políticos y en algunos casos en la elección de los miembros que representan a los tres poderes en los que se divide el Estado, e incluso en la participación directa en la administración del poder, al poder ser electores y elegibles y participar en los tribunales de justicia mediante la constitución de jurados populares.Requiere.1. El abandono o renuncia de los particulares a la violencia, entendiendo por tales no sólo a los individuos, sino también a los grupos, corporaciones o clases sociales.2. El monopolio de la fuerza por parte del Estado y de sus aparatos especializados.  La resolución de los conflictos inter-individuales, grupales, corporativos o entre clases por la vía civil3.La existencia de límites al ejercicio de la dominación que se hacen explícitos en la ley4.La legitimación del poder público por medio de la constitución del «individuo político» o ciudadano a través de mecanismos precisos de participación en las instituciones estatales y de identificación simbólica con ellas.  Lo carácterístico en esta forma de Estado es el reconocimiento de que las libertades individuales y colectivas son indispensables, pero no son suficientes puesto que se requiere del Estado que además de ser garante de derechos sea justo. Para que el Estado sea justo, no sólo debe ajustarse a derecho, sino que debe subsanar las desigualdades que genere el propio sistema.

LEGITIMACIÓN DEL PODER POLÍTICO: La necesidad de establecer mecanismos de legitimación del poder es especialmente importante cuando de lo que se trata es de explicar bajo qué condiciones los ciudadanos deben respetar las leyes y someterse al Estado.3formas:-Tradicional:Se apela a la tradición para legitimar el poder que ciertas familias o dinastías han venido ejerciendo desde siempre. Esta forma de autoridad no se fundamenta en principios racionales, sino que se basa en la creencia del carácter hereditario o divino.Carismática: El poder se legitima por el recurso al carisma, esto es, una especie de don que poseen algunas personas que las hace especialmente dotadas para atraer y movilizar a la población. La legitimación carismática se diferencia de la tradicional en que la capacidad se considera personal y no hereditaria.Racional-legal:Por poder se legitima por el recurso a la ley. Los procedimientos legales-burocráticos confieren autoridad siempre que la ley esté legitimada a su vez por procedimientos democráticos. Es Estado posee un poder legitimado porque es fruto de un convenio o acuerdo racionalmente aceptado por los ciudadanos.Hay que tener en cuenta que estas formas de legitimación nunca se dan de forma pura, sino que normalmente aparecen elementos de unas formas en otras.LAS democracias REPRESENTATIVAS:Un antecedente directo de las actuales constituciones modernas y en las que se fundamenta la democracia es la Carta de derechos o Declaración de derechos.En 1776 durante la Revolución Americana, se firma la Declaración de Derechos de Virginia que está considerada como la primera declaración de derechos humanos. Fuertemente influenciada por la Carta de Derechos británica, se afirma que todos los hombres son por naturaleza libres e iguales y tienen una serie de derechos de los cuales no pueden ser privados.En 1789 La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano aprobada en La Revolución Francesa, vuelve a recoger los derechos de la ciudadanía. Es a partir de estas dos declaraciones cuando se reconoce que las personas pasan de ser súbditos a ciudadanos con derechos.Preámbulo: «considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes..> Tras la segunda Guerra Mundial- con la excepción de España- se implantaron en Europa regíMenes democráticos. Este tipo de gobierno se fundamenta en el reconocimiento del sufragio universal junto a un Parlamento y la articulación de la actividad política a través de los partidos políticos.-Para el primer nivel, constituido por la masa de población, la actividad política se limita al ejercicio del voto. Los momentos, las opciones, los contenidos, personalidade.. Son decididas por aparatos institucionales.El derecho al voto es un derecho de elección entre opciones pre-constituidas sobre las que no se puede ejercer control alguno a no ser de modo indirecto. La pérdida de unas elecciones se considera un castigo de los votantes que exigiría un cambio de oferta”.2constituido por las estructuras de los partidos de las que se excluyen a los simples afiliados. Los miembros activos de los partidos son responsables de analizar, perfilar, decidir y formular las diversas opciones que presentan su grupo o corriente ideológica. En esta tarea intervienen diversos aspectos que van desde las expectativas electorales del grupo, a los elementos culturales que conforman su perspectiva ideológica o social.








3. constituido por los poderes del Estado en sus diversos ámbitos: municipales, autonómicos y centrales, cuyos puestos y funciones son ocupados por miembros del partido vencedor en las elecciones, que 
gobiernan en nombre de todos y que pretenden perpetuarse en el poder. Las relaciones que se establecen en la dinámica de los partidos en los Estados democráticos son de competencia análogas a las que se establecen entre las empresas en la dinámica del mercado. El ciudadano, por lo general políticamente pasivo, está más cercano al consumido.Consecuencias:1. El hecho de que la intervención política esté reducida al voto individual, hace que los ciudadanos sean reducidos a átomos sociales cuya opción se reduce a responder con un SI/NO a las limitadas opciones que se le plantean. 2. Se reducen sus competencias3.En la dinámica de las democracias los partidos quedan despegados de sus bases sociales y se convierten en aparatos políticos del Estado.TEORÍA DE LA JUSTICIA DE J. RAWLS: podríamos decir que J.
Rawls considera que cuando las  «personas racionales» en condiciones de libertad e igualdad, consiguen  llegar a acuerdos sobre los que elaborar una idea de justicia, esta idea tiene una validez universal e incondicional. Junto a la idea de que las personas deben ser consideradas como seres racionales, iguales y libres, el otro concepto sobre el que se elabora una teoría de la justica es el de «imparcialidad».A condición de imparcialidad establece que sólo bajo condiciones imparciales se pueden obtener unos resultados imparciales. El velo de la ignorancia consiste en que cuando las personas eligen los principios de la justicia no saben cuáles van a ser sus circunstancias específicas. Como los principios que se eligen no son preconcebidos para la ventaja o desventaja de los individuos en un particular escenario, los principios que emergen del velo de la ignorancia pueden ser considerados justos. La justicia es el pilar sobre el que se edifica la sociedad. Para ello, las grandes instituciones sociales deben distribuir derechos y deberes fundamentales y determinan qué ventajas pueden obtenerse mediante la cooperación social.  los dos principios de la teoría de la justicia de Rawls son: 1. Principio de  libertades o de distribución de igual número de esquemas de libertades para todos. Cada persona debe tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás. 2. Principio de diferencia. Las desigualdades económicas y sociales habrán de ser conformadas de modo tal que a la vez que: a. Se espere razonablemente que sean ventajosas para todos, b. Se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.Las desigualdades económicas deben apoyarse, por su parte, en el principio de la justa igualdad de oportunidades. En Rawls, este principio de la diferencia expresa un sentido de amistad cívica y de solidaridad moral que incluye la igualdad en la estimación social y excluye todo tipo de hábitos de privilegios o servilismos. 


El primer principio se encarga de la distribución del bien primario de la libertad, y tiene dos pretensiones: igualdad y maximización de las libertades básicas. Estas libertades son: 1.La libertad política, que es el derecho a votar y a desempeñar cargos públicos2.La libertad de expresión y de reuníó3.La libertad de conciencia y de pensamiento4.La libertad personal, que es la libertad frente a la opresión psicológica, a la agresión física y a la integridad de la persona v. El derecho a la propiedad personal 5.La libertad frente al arresto y a las detenciones arbitrarias. De acuerdo con el primer principio, todos deben tener igual derecho a estas libertades, ya que son prerrequisito para lograr la realización o modificación de cualquier plan de vida y son condición necesaria para el autorespeto. El 2 principio dice que las desigualdades estarían justificadas si incidieran a favor de los peor situados.
Críticas a la «Teoría de la justicia»De una forma muy general, las críticas hacia la «Teoría de la Justicia» de J. Rawls se centran en la idea de que la noción del  “ velo de la ignorancia” impone a las personas la necesidad de deliberar sin conocimiento de las circunstancias o atributos personales que le permitirían tomar decisiones sobre su vida. 

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