Derechos Humanos: Evolución, Generaciones y Responsabilidades

Derechos morales o derechos humanos?

A lo largo de la historia, la lucha por una sociedad más justa ha ido siempre asociada a la exigencia de reconocimiento de la igual dignidad de las personas. Por ejemplo, la lucha por la abolición de la esclavitud, por el voto de la mujer, etc. En la actualidad, los derechos humanos constituyen el contenido mínimo que posee la idea de justicia como exigencia moral y política. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas es una expresión clara de aquello que universalmente se reconoce como justo, como lo que corresponde a cada persona por el simple hecho de serlo.

Se los llama “derechos naturales”, “derechos morales” y “derechos humanos” según el contexto en el que se utilice la expresión, pero en todo caso se trata de aquellas capacidades que consideramos indispensables para llevar una vida digna. La expresión “derechos morales” quiere destacar que se trata de unas exigencias anteriores a la legislación, previos al Estado y sus instituciones: las leyes los reconocen, no los crean. Cuando son recogidos en las constituciones políticas, reciben el nombre de “derechos fundamentales”. Pero es preferible la expresión “derechos humanos” porque se trata de derechos que convienen a las personas en cuanto tales, como seres humanos. Y también porque se han convertido en el mejor proyecto que la humanidad se ha propuesto de manera conjunta.

Las tres generaciones de derechos humanos

En el proceso histórico por el que han ido siendo reconocidos y aceptados los derechos humanos, podemos distinguir 3 fases:

Derechos de Primera Generación: Civiles y Políticos

Los derechos humanos de primera generación son los derechos civiles y políticos, que fueron reivindicados por la burguesía en las revoluciones liberales frente a las monarquías absolutistas de los siglos XVII y XVIII. Se trata del derecho a la vida, a pensar y expresarse libremente, a tener un juicio justo, a tener propiedades, a participar en el Gobierno, etc. Son aquellos derechos a los que se ha denominado también “libertades” y cuyo respeto constituye la clave de un Estado de derecho y de una sociedad abierta.

Derechos de Segunda Generación: Económicos, Sociales y Culturales

La segunda generación de derechos es la de los derechos económicos, sociales y culturales, cuyo descubrimiento fue tarea, principalmente, del movimiento obrero durante los siglos XIX y XX. Se trata de dotar de un apoyo real a las libertades, porque sin alimentación suficiente, sin vivienda, sin educación y sin medios para acceder a la cultura, etc., es pura hipocresía decir a una persona que es libre. Para que la libertad sea real, es preciso que la sociedad y el gobierno pongan los medios necesarios para hacer posible la vida digna.

Derechos de Tercera Generación: Derechos Colectivos

La tercera generación de derechos humanos la conforman aquellos derechos que hacen posible la existencia de las otras generaciones. No aparecen en la declaración de 1948, sino que son formulados posteriormente en una serie de documentos de la ONU en diversos lugares y fechas. Se trata del derecho a la paz, el derecho a vivir en un medio ambiente sano y el derecho de los pueblos. Es necesario un compromiso solidario internacional para su garantía y cumplimiento.

Los deberes humanos: asumir responsabilidades

Los derechos humanos constituyen exigencias legítimas que nos podemos hacer unos a otros, sea cual sea nuestro origen, estatus social o cultural, etc. En ese sentido, son también deberes, porque el derecho de cada uno implica el deber de los demás de respetarlo y de facilitar su disfrute.

Los derechos humanos no constituyen un listado cerrado y acabado. Se pueden ampliar y, de hecho, se habla ya de una cuarta generación de derechos humanos, referidos a nuevos ámbitos de problemas que nos afectan a todos, como la manipulación genética o la utilización tecnológica de los descubrimientos de las neurociencias: control del comportamiento, curación de nuevas enfermedades, mejoramiento humano, etc.

Para convertir estas exigencias de justicia en realidades existen dos rutas básicas en las que estamos implicados como ciudadanos y como personas:

La ruta de los poderes públicos

Se refiere a la responsabilidad de los Estados y se plasma en los esfuerzos para convertir los derechos humanos en derechos fundamentales dentro de las constituciones, y desde ahí en leyes propuestas que garanticen su cumplimiento.

La ruta de la sociedad civil

Corresponde a los ciudadanos a través de movimientos sociales y organizaciones cívicas solidarias, como, por ejemplo, Médicos sin Fronteras, etc. Se trata de dos vías complementarias y ambas exigen nuestra responsabilidad para impulsar el reconocimiento y plasmación de los derechos humanos y para denunciar su violación allá donde se produzca.

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