Teorías Medievales del Derecho Natural: Orígenes, Evolución e Influencias

Teorías medie d ley natu hunden raíces en teo agust y en su modo d inter pensá bíblico sobre la líber hum y la predestinación.
But, además, se proponen reunir diversas tradis greco-latinas, k son :

Hay

2 tendens: Civil o Románística y Canónico o escriturísta.
Some sofistas contrapónían naturaleza a las leyes d la city k son resul d las convenciones hum y x tanto artificiales y relativas.

(A)

reivindica 1 justi polí natu k es “inmutable”, valida siempre y for all diferen a ley partí.

(ST)

explica k tenemos 2 motivos xra do cosas justas: k la natu lo puso en la mente humana; o k la ley lo sanciona con castigos.
La dualidad entre dcho civil y natu quedó claramente expli x Cicerón k elaboró el concep d “ley natu”. La difer entre el dcho civil k no busca la justi sino la utilidad común y se respeta x el miedo al castigo; y el dcho natu k busca do lo bueno y prohíbe lo malo y su fuerza está en el remordimiento k provoca su incumplimiento.
El dcho natu se encuentra en la natu hum y sus caract princi son: el temor a la muerte y al dolor, rechazo d la crueldad y la sociabilidad.
Según estoicos el uní is organizado y gobernado x 1 razón divina k produce la armónía y el orden. La natu es lo mejor k hay y es lo único k can llamarse bueno sin añadidos. La (V) fuente d la ley es una especie de razón uní y divina, presente en el cosmos but also en razón hum. Ley cósmica abarca lo hum y lo no hum.
San Pau, k administra la influen estoica, dice k Dios ha escrito en el heart d cada man 1 ley k guía a la conciencia moral xra diferen entre el bn y el mal. De esa forma diferen entre ley moral y la ley física/cósmica.

(Agus)

separa 3 tipos d leyes:
ley eterna (divina), ley natu y ley hum (física). Distinguiendo, la eterna de la natu, no x su contenido sino x su ubic; 1 en la mente divina y otra en la humana.
Ley éter, es la razón o voluntad divina k ordena y conserva el orden natu, inmu y necesario y prohíbe perturbarlo. Es un mandato práctico uní.
Ley natu es la transcripción de la ley eterna en el intelec hum y propor criterios inmus para juzgar acci hums.

(ST)

acepta triada agus.
1ªs págs del Digesto presentan 2 fórmulas d los juristas romanos sobre el contenido del dcho nat.
1 d tipo naturalista k se trata del dcho k la natu enseñó a todos los anim, d donde deriva  uníón d macho y hembra k llamamos matri; la poste procrea y educa d los hijos. 
Esta concepción se corresponde also a la división d Séneca del Dcho natu en 3 ámbitos: (a)uno general, for all seres natu, (b)otro (-) amplio, común a los anim y (c)otro + estricto, propio del ser hum, como es el vivir en socie y el respeto mutuo.
Otra d tipo liberal k incluía la afirma d k “x dcho natu all nacían libres” y k our “único name natu” es el de “mans”. Trataba el tema d la esclavi y d la igual.
Some teólogos CR7 se sitúan en la concepción liberal del dcho natu but en cuestión d contenido surge una tercera concepción.
Esta concepción ekipara ley natu con  regla d oro. En sentido (-) mean “no hagas a otro lo k a ti no te agrada” y en sentido + mean “all lo kqueráis k os hagan los mans, hacédselo voso”.
En la obra d Séneca se hayan referencias d dicha regla y en alls las cults y relis aparece.
El Dcho civil romano rige en la city.
Los pueblos y cults se han ido alejando d ley natu al introducir instituciones como la esclav o la división d la propie. 
Es need un dcho k regule estas situs k ya no son “natus”. Este dcho es el derecho d gente k es un anticipo d la idea moderna del “dcho internal”  k bebe del consenso entre  leyes +  de distintos pueblos y de los principios del dcho natu.
En el Digesto, el dcho d gente contiene principios como la obedien a los padres y a la patria, rechazo a la violen interhum y la liberación d los esclavos.
Según Isid, el dcho d gentes lo observan casi alls los pueblos ya k regula ocupación d las cicitys, guerras, la esclavi, etc.
Isidoro define ley como una determinación del pueblo establecida x la razón xra la utilidad d alls los ciudadanos, sancionada x los ancianos y la plebe, y k debe poseer ciertas caracs: ser concorde con la reli, conforme con la natua y adaptada a los tiempos y lugares.
Graciano añade la necesi d promulgación k es la forma solemne d declarar vigente some norma.
But la cuestión decisiva es: ¿k pasa when leyes son injustas o contrarias al dcho natu?
Agus diría k ley injusta no es ley, (sino corrupción de ley añadiría Tomás), si los CR7 aceptan obedecer leyes injustas es x motivos teoló.
Graciano indica k dcho natu es 1 ley obliga k se halla x encima del Papa y de alls. Se debe considerar nula cualquier ley huma, civil o eclesiás k se oponga a los principios del Dcho natu.

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