Definiciones Clave
Axiología Jurídica: Es la rama de la filosofía del derecho que trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles son los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho.
Dialéctica: Es el arte de la discusión o búsqueda de la verdad en el diálogo a través de diversas divisiones y precisiones conceptuales.
Deducción: Demostración o inferencia de una aseveración partiendo de una o de otras premisas y aplicando leyes de la lógica que poseen un carácter fidedigno.
Inducción: Método de razonamiento que consiste en partir del estudio y análisis de datos particulares conocidos y avanzar lógicamente hasta alcanzar un principio general desconocido.
Lógica: La lógica es una ciencia formal que estudia los principios de la demostración e inferencia válida. Examina la validez de los argumentos en términos de su estructura.
Mayéutica: Es una técnica que consiste en interrogar a una persona para hacer que llegue al conocimiento a través de sus propias conclusiones y no a través de un mero conocimiento aprendido y preconceptualizado.
El Método
Es el camino a seguir para lograr un fin determinado.
Funciones Intelectuales Guía
El método es guiado por las grandes funciones intelectuales; es decir:
- El análisis
- La inducción
- La deducción
Técnica
Se refiere al conjunto de reglas para hacer algo con menor esfuerzo y con mejores resultados, es decir, la forma concreta y directa de aplicar los métodos.
La Metodología
Es el estudio sistemático de los métodos utilizados por una ciencia en su investigación de la realidad.
Clasificación
Puede clasificarse de la siguiente forma:
- Metodología General
- Metodología Especial
El Método Jurídico
Es el proceso lógico que permite relacionar las dimensiones jurídicas y está orientado tanto a la adquisición, sistematización y transmisión de conocimientos jurídicos, como a la solución de conflictos en el ámbito del derecho. Se trata de una forma de acceso a la realidad jurídica.
Técnica Jurídica
Es el conjunto de procedimientos, que conforman un método o sistema, a través de los cuales es posible traducir los conocimientos jurídicos.
Procesos Relacionados
Estas técnicas pueden referirse a procesos de:
- Creación de la Ley
- Interpretación de la Ley
Metodología del Derecho
Es la parte de la lógica que tiene por objeto el estudio de los métodos específicos de la ciencia jurídica y los generales aplicables al derecho en el contexto de la teleología y la axiología jurídica.
En otras palabras, es una forma de abordar, desde los puntos de vista lógico y axiológico, las realidades y dimensiones jurídicas.
Métodos Generales Aplicables
Los principales métodos generales aplicables al derecho son:
- Método Deductivo
- Método Inductivo
- Método Analógico
- Método Sistemático
- Método Histórico
- Método Fenomenológico
Descripción de Métodos
Método Deductivo
Consiste en tomar conclusiones generales para explicaciones particulares. En términos generales, el método deductivo realiza estudios que parten de una idea general y que desembocan en una conclusión particular.
Estructura
El método deductivo se estructura de la siguiente forma:
- El análisis de los postulados (Norma).
- Comprobación de su validez.
- Aplicación a soluciones o hechos particulares (Su aplicación a casos concretos).
Método Inductivo
Es un método de razonamiento utilizado para obtener conclusiones que parten de hechos particulares, aceptados como válidos, para así llegar a conclusiones cuya aplicación sea de carácter general.
Desarrollo
El método inductivo parte de un hecho particular para luego obtener una conclusión general y, por lo tanto, se desarrolla de la siguiente forma:
- Estudio individual de los hechos (Casos, particularidades de una ley, etc.).
- Formulación de conclusiones.
- Estructuración de leyes, normas o reglamentos.
Método Analógico
Este método es un proceso cognoscitivo que consiste en descomponer un objeto de estudio, separando cada una de las partes del todo, para estudiarlas de forma individual. En otras palabras, este método consiste en la comparación de fenómenos por sus semejanzas y diferencias; es decir, este método va de lo conocido a lo conocido (particular a lo particular).
Aplicación en Derecho
En el contexto del derecho, el presente método puede aplicarse en:
- La modificación legislativa.
- La elaboración de normas jurídicas.
Método Histórico
Este método es un proceso de investigación y de esclarecimiento de los fenómenos culturales, que consiste en esclarecer las semejanzas de dichos fenómenos infiriendo una conclusión acerca de su parentesco, es decir, de su origen común.
Método Sistemático
Este método se ocupa de ordenar los conocimientos, agrupándolos en sistemas coherentes. Estudia las formas en que se ordena una serie de conocimiento, de manera que resulten claras las relaciones y dependencias recíprocas de las partes componentes del todo.
Técnicas de Aplicación
Las técnicas que hacen posible la aplicación de este método son las siguientes:
- Recopilación de información.
- Sistematización de datos.
- Análisis.
- Presentación de la información.
Método Fenomenológico
Es un método general que trata de llegar al conocimiento de las cosas en sí mismas consideradas, es decir, tal como se presentan sin agregar ningún elemento subjetivo. Este método puede estructurarse de la siguiente forma:
Estructura
- Fenómeno a explicar.
- Hipótesis explicativa.
- Deducción de otros fenómenos, que surjan de la hipótesis, indicando sus condiciones de observación (En qué condiciones el fenómeno será observado).
- Realización de las deducciones.
Familia Jurídica
Conjunto de sistemas jurídicos que comparten determinadas características, consideradas como el agrupamiento de los sistemas jurídicos contemporáneos en conjuntos supranacionales, es decir, que se trata de un conjunto de sistemas jurídicos que comparten un origen en común, antecedentes históricos y características similares que son sus instituciones.
El vocablo sistema jurídico se refiere al derecho nacional de un Estado, en tanto que el término familia jurídica remite al conjunto de sistemas jurídicos que rebasan las fronteras de una nación.
Romano-Germánico
A esta familia pertenecen los países en los que la ciencia jurídica se ha construido sobre la base del Derecho Romano, tiene un énfasis en los valores de justicia y moral.
Fuentes
- La Ley
- La Costumbre
- La Jurisprudencia
- La Doctrina
- Los Principios Generales del Derecho
Características
- El Derecho es elaborado a fin de ordenar las relaciones sociales.
- La base fundamental de los derechos es el derecho civil.
- La doctrina se interesa, fundamentalmente, por la determinación de la normatividad que tiene como fin la moral y la justicia.
- La administración y la aplicación del derecho se dejan a la jurisprudencia.
- Se trata de un Derecho legislado o escrito, en el que se recurre típicamente a la técnica de la codificación.
- La familia romanista se extiende actualmente a América Latina, gran parte de África y el continente europeo.
- El sistema Jurídico Hondureño pertenece a esta familia jurídica.
Common Law
Es el Derecho Común o Derecho Consuetudinario vigente en la mayoría de los países de tradición anglosajona.
Principales Características
- El Derecho es elaborado a fin de ordenar las relaciones sociales.
- La base fundamental de los derechos es el derecho civil.
- La doctrina se interesa, fundamentalmente, por la determinación de la normatividad que tiene como fin la moral y la justicia.
- La jurisprudencia se limita al ámbito de interpretación de la normativa vigente.
- Se trata de un Derecho legislado o escrito, en el que se recurre típicamente a la técnica de la codificación.
Fuentes
- La Jurisprudencia: conjunto de las sentencias, decisiones o fallos dictados por los tribunales de justicia o las autoridades gubernativas.
- Las Leyes: que pueden ser leyes parlamentarias, las disposiciones de tipo reglamentario y la legislación delegada emanada del gobierno Central o Local, como las órdenes ministeriales y las ordenanzas municipales.
- La Costumbre: siempre que concurran dos elementos:
- La repetición constante de determinada conducta.
- La convicción de que es obligatoria.
- La Doctrina: u opinión de los juristas, que, aunque carece de obligatoriedad, puede ser recepcionada por los legisladores transformándose en fuente formal del derecho, en cuanto se convierta en derecho positivo.
Sistemas Pertenecientes
Inglaterra, Estados Unidos, Gales, Canadá, Escocia, Irlanda, Australia, Nueva Zelanda, Algunos países de África Central.