Derecho y Justicia: Perspectivas de Hervada, Santo Tomás, Kelsen y Spinoza

Derecho y Justicia según Javier Hervada

Javier Hervada ofrece una perspectiva sobre el derecho y la justicia que se contrapone a la visión del mundo animal, donde impera la ley del más fuerte. A continuación, se desglosan sus ideas principales:

1. Diferenciación entre el Mundo Animal y el Humano

En el reino animal, las relaciones se basan en la superioridad de la fuerza física. No existe una percepción moral de la acción, ya que los animales carecen de la capacidad de razonar y comprender la realidad que los rodea. Los seres humanos, en cambio, poseen la capacidad de apropiación gracias a su racionalidad. Aunque los animales y las plantas merecen respeto por su función en el mundo, no pueden poseer nada, ni siquiera a sí mismos, pues no son titulares de derecho alguno.

2. La Razón como Fundamento de las Relaciones Humanas

Según Hervada, las relaciones entre los seres humanos deben regirse por la razón, ya que esta es la causa de la especificidad humana. Aunque compartimos muchas características con los animales, la razón nos distingue y fundamenta nuestra dignidad ontológica y capacidad jurídica. La Ley, en este contexto, es la expresión general, la regla de razón que ordena las relaciones humanas a partir de la experiencia repetida del derecho concreto. Solo hay ley donde hay derecho, y derecho donde hay personas que regulan sus relaciones en base a lo que es racional, a lo que la razón práctica indica que pertenece a cada uno.

3. El Derecho como Título Racional

Para Hervada, el derecho, en su sentido original, es el título que la razón otorga a “la cosa” que ha sido apropiada o poseída por un ser humano. La obligación, por lo tanto, no se funda en la fuerza o la coerción, sino en la razón y la capacidad de comprender cómo son las cosas. Solo donde hay seres humanos libres puede hablarse de verdadero derecho y obligación.

La Justicia según Santo Tomás de Aquino

Santo Tomás de Aquino, en su obra cumbre, la Suma Teológica, presenta una concepción de la justicia que representa la perfección del pensamiento clásico y escolástico cristiano.

La Justicia como Acción de Dar a Cada Uno lo Suyo

Según Santo Tomás, la justicia es la acción permanente de dar a cada uno lo suyo, su derecho. Esta definición incluye un elemento moral práctico, ya que la justicia debe realizarse en la acción vital. La omisión de esta acción entraña injusticia. La justicia se realiza en el derecho, dando a cada uno lo que se merece, lo que le es debido, lo suyo.

La Concepción del Derecho y la Justicia en Hans Kelsen

Hans Kelsen, uno de los principales exponentes del positivismo jurídico, ofrece una visión del derecho radicalmente distinta a la de Hervada y Santo Tomás.

1. El Derecho como Fuerza Coactiva

Para Kelsen, el derecho es fuerza, un instrumento de coacción reglamentada. Parte del mito fundacional de la modernidad, el estado de naturaleza hobbesiano, donde el hombre es un ser aislado con poder absoluto. La constitución de la sociedad política implica la renuncia a dicho poder, entregado a un soberano que, en el caso de Kelsen, se autolimita a través del derecho. Así, para Kelsen, el derecho es poder. La justicia, en este sistema, es la realización práctica de las disposiciones emanadas del poder.

2. La Norma como Expresión del Poder

La norma, para Kelsen, es la expresión del poder, y la tarea del ciudadano y del jurista se limita a la realización de la voluntad del poder. La comprensión del fin último, del sentido y causa de la norma, antes considerada expresión de la razón, se vuelve algo intangible, sin fundamento, arbitrario. Determinar qué es justo ya no es tarea del jurista, sino del poder, ya sea un gobernante, un dictador o un político democráticamente elegido.

3. Positivismo Procedimental y la Ausencia de Derecho Natural

El sistema kelseniano, también llamado positivismo procedimental, prescinde de toda conexión con el derecho natural. La ley es la expresión de la voluntad del poder, y el derecho es el mecanismo que legitima el uso de la fuerza para imponer dicha voluntad al colectivo. Para la concepción clásica, el derecho no puede estar desligado de la razón. El derecho, en su sentido clásico, es una expresión objetiva de la realidad, lo que incluye un juicio ético-moral sobre la norma y la acción del poder. Si el gobernante promulga normas conforme a la razón, obra bien; si promulga normas contra la razón, no puede ser considerado justo, y sus normas carecen de la consideración de Derecho.

El Derecho y la Justicia en Baruch Spinoza

Baruch Spinoza, un filósofo clave de la modernidad, presenta una concepción del derecho y la justicia que se alinea con la idea de poder absoluto.

1. Derecho como Poder Absoluto

Para Spinoza, el derecho es poder, y el poder es siempre poder absoluto, soberanía absoluta. Por consiguiente, el titular del derecho, el sujeto de derecho en sentido estricto, solo puede ser la comunidad política o el Estado. Las personas, reducidas a súbditos del poder, carecen de tal titularidad.

2. La Fragilidad del Poder Absoluto

Spinoza advierte que la posesión del poder absoluto no es perpetua. El atrevimiento de plantearse destruir el sistema debe ser castigado con la eliminación. Sin embargo, aquellos que logren desplazar al antiguo titular del poder se convertirán en los nuevos titulares. El anterior titular no podrá castigarlos, y los nuevos titulares tendrán el deber de eliminarlo. Spinoza subraya la necesidad de ser implacable ex ante, como actúan las fuerzas de seguridad ante amenazas terroristas. Si el terrorista triunfa, al no existir un criterio jurídico moral, su actuación dejará de ser considerada terrorista para ser justa, y la actuación del antiguo poder será injusta e ilegítima.

3. El Poder como Único Intérprete del Derecho

Para Spinoza, el titular del derecho, el poder, es el único intérprete posible del derecho. Por lo tanto, la justicia es todo aquello que suponga la realización de su voluntad.

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