Diferencia entre locke y Montesquieu

1-DIFERENCIA ENTRE LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD:

Legalidad


La legalidad es la facultad impresa en las leyes, es decir cualquier conducta Abstracta y regulada por una ley que sea civil, mercantil, laboral si se Encuentra encuadrada dentro de la ley esta conducta o hecho se mueve en el Marco legal y esta dentro de la legalidad, ejemplo : si un contrato de compra y Venta se encuentra conforme a derecho se dice que esta dentro de la legalida.

Legitimidad:


Es la facultad que tiene una persona para moverse dentro del marco del derecho, La ley le da la facultad y conforme a la ley la persona se conduce y tiene legitimidad pues la ley lo reconoce, ejemplo: las personas que hacen el Contrato de compra y venta la ley los faculta y los reconoce por esto tienen Legitimación.

Legalidad:


Lo abstracto Contenido en las leyes.

Legitimidad:


lo concreto reconocido por las leyes.

2-TIPOS DE GOBIERNO:

República:
El jefe de gobierno No es un monarca, tiene un cargo público, su puesto es determinado por Votaciones a lo que se llama “elección popular”, en donde la mayoría de los Ciudadanos debe votar por este mimo para poder tomar el puesto, el jefe de Gobierno ó presidente representa a su pueblo ante todo el mundo y trabaja Conjuntamente con el congreso de la uníón quien crea leyes para regir la Conducta de su población.

Monarquía:
La Monarquía es un Tipo de Gobierno en la que la jefatura del Estado es personal, según un orden Hereditario, en otros casos el nuevo monarca es elegido por el actual, por la Iglesia o por un tipo de personas dependiendo como se este organizando, de aquí Viene el Rey como figura de mandato.

Dictadura:
La dictadura es una de las formas de Gobierno más deplorables en la historia de la humanidad, una dictadura implica El poder máximo en manos de una persona o un pequeño grupo, su carácterística Principal es que ostenta el poder por medio de la fuerza, por lo que es Habitual el uso del ejercito y los golpes de Estado para disponer del poder Totalitario sobre la vida de los ciudadanos y el actuar del país.

Democracia:
Una Nacíón es Demócrata cuando el pueblo tiene participación En elegir a sus gobernantes; ejemplo de esto son las Repúblicas Representativas Democráticas y Federales, es república por que tiene división de poderes, Representativa por que el presidente la representa y democrática por que el Pueblo elige a sus gobernantes y políticos.

Teocracia:
Son los tipos de gobierno sin separación de poderes entre la Autoridad política y la religión, su cuerpo legislativo esta suspendido en la Legislación interna de la religión dominante en el país; ejemplo de esto es el Mando islámico de las naciones árabes y más particularmente el derecho canónico Del Vaticano.

2-¿Qué es La división de poderes?

En ciencia política Y derecho, el poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones Primordiales del Estado. Se distingue así del poder legislativo, que promulga o Revoca leyes, y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida Las mismas.

El poder Judicial es un poder del Estado encargado de impartir Justicia en una Sociedad. Es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo), mediante la aplicación De las normas y principios jurídicos en la resolución de conflictos.

El poder legislativo Es el poder que hace las leyes y también las modifica, la facultad que implica La posibilidad de regular en nombre del pueblo los derechos y las obligaciones De sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales. Para Ejercer dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le Otorga la representación de la voluntad.

El poder Ejecutivo es responsable de la gestión diaria del Estado, y concibe y ejecuta Políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser Aplicadas; representa a la nacíón en sus relaciones diplomáticas; sostiene a Las fuerzas armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación. En Los estados democráticos, el poder ejecutivo está considerado como Administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la Que debe ser su más firme garante.

4.1-Jonh Locke:

Obras principales:


1667


Ensayo sobre la tolerancia.

1668


Consideraciones sobre las consecuencias de la Reducción del interés

1671


Dos borradores del Ensayo

ESTADO:


John Locke Define el estado de la naturaleza como un estado de «paz, benevolencia y Ayuda mutua».

Consideraba Que en el estado de la naturaleza los hombres debieron gozar de perfecta Libertad para ordenar sus actos y para disponer de sus propiedades y sus Personas como mejor les parecía, dentro de los límites de la Ley Natural, sin necesidad de Pedir permiso y sin depender de la voluntad de otra persona»·

El Fundamental derecho a la libertad que se deduce de las intenciones del Creador Y de la necesidad de auto conservación, no conoce otro límite que la Ley Natural. Esta ley gobierna el estado de la naturaleza y que debe ser entendida como Manifestación de la voluntad de Dios, enseña que nadie debe dañar a otro en su Vida, salud y libertad. Así, todos los hombres están dotados de la razón y la Libertad suficiente para conocer un orden del mundo que los lleva a cooperar Con la preservación de sus derechos.

4.2-J.J Rousseau:

Obras:


El contrato Social

Discurso Sobre las ciencias y las artes

ESTADO:


Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una imposición, no es una Cuestión dada. Señala que «todo lo que nosotros podemos ver con gran Claridad respecto a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que la Voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento de ella, sino que es preciso También, para que sea natural, que hable de modo inmediato de la voz de la Naturaleza» (Rousseau 1989, 114).

Rousseau Precisa que por naturaleza el hombre, que no ha sido alcanzado por la Civilización, es bueno y sociable. Rousseau defiende ardorosamente la Sociabilidad y voluntad general, que es la que tiene que decidir la actuación. Expresa el autor que «del concurso y de la combinación que nuestro Espíritu puede hacer de estos dos principios (luces y libertad), sin que sea Necesario incluir el de la sociabilidad, me parece que se deducen todas las Reglas del derecho natural; reglas que la razón está forzada Luego restablecer sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos Progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza»

4.3- Thomas Hobbes:

Obras:


1628— Tucídides te

1640— Elements of Law, Natural and Politics

1642— De Cive ( Segunda edición del De Cive en 1647)

1646— La Óptica.

ESTADO:


La Concepción hobbesiana del estado de naturaleza se aparta del sentido paradisíaco, que A ese estado, asigna el pensamiento teológico . Hobbes separa con claridad dos etapas: una Situación de barbarie y de guerra de todos contra todos ,un mundo sin germen de Derecho , y por otra parte , un estado creado y sostenido por el derecho , un Estado con suficiente poder para iniciar Y reformar su estructura.

Según Hobbes La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en las facultades del cuerpo y Del espíritu que , si un hombre es más fuerte de cuerpo o más sagaz de Entendimiento que otro, cuando este se considera en conjunto, la diferencia Entre los hombres, no es tan importante. De manera que estos puedan reclamar a Base de ella y para sí mismos, un beneficio cualquiera al que otro no pueda Aspirar .


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