El Pensamiento Político de San Agustín: Ciudad de Dios y la Paz Eterna

El Pensamiento Político de San Agustín

Conceptos Fundamentales de la Obra de San Agustín

Concepto de Dos Ciudades

San Agustín se pregunta cuál es el vínculo que une a los miembros de una comunidad. Para él, ese elemento es el amor, y establece dos tipos:

  • El amor a las cosas temporales.
  • El amor común a las realidades eternas.

En el amor a las cosas terrenales (temporales) prima el amor a uno mismo sobre el amor a Dios, mientras que en el amor a las realidades eternas es al revés. La Ciudad Celeste (Iglesia) y la Ciudad Terrenal (Estado) son dos realidades diferentes. La Ciudad Celeste está formada por el conjunto de individuos que eligen o elegirán el amor a Dios sobre el amor a sí mismos. De la Ciudad Terrenal, dice que todos los individuos forman parte de una comunidad, pero no todos forman parte de la Ciudad Terrenal. Se pone de manifiesto la incompatibilidad Iglesia-Estado: si se pertenece a la Ciudad Celeste, no se puede pertenecer a la Ciudad Terrenal.

Concepto de Paz

Para San Agustín, el pueblo es la asociación de seres razonables por la voluntad de los elementos que los unen. Él trata de comprender el fenómeno de la sociedad, para lo cual hay que entender el fin último de una sociedad. Ese fin natural al que todos apuntan es la paz, el objetivo final de toda sociedad; incluso las guerras son un medio del hombre para asegurar la paz. Cada grupo de individuos trata de imponer la paz alcanzada por ellos, lo que genera conflictos. Luego, cada sociedad tiene su propia ley de paz. Es aquí donde él diferencia una ley verdadera, objetiva, permanente, duradera y real. Esa ley que permite regir la paz es el orden. Para que haya paz, es necesario que haya acuerdo en la consecución del fin común y que cada miembro ocupe su lugar. La paz es la tranquilidad del orden, cuando cada individuo ejerce la función que le corresponde y todos asumen un rol en la comunidad. Ese orden es la antesala a la paz.

Ese orden del que San Agustín habla es un orden ficticio que conduce a la inestabilidad. Introduce así el concepto de verdadera república: asociación de hombres por un reconocimiento común del derecho y una comunidad de intereses. San Agustín dice que el derecho no existe si no es justo, lo que supone la imposibilidad de crear una ciudad justa. Por ello, dice que Roma, pese a su grandeza, no es una república, pues ostentó tener una voluntad que nunca tuvo. El Estado romano, desde el punto de vista de San Agustín, no difiere de ningún otro tipo de sociedad, pues no es una sociedad justa. La única forma de que un Estado pueda alcanzar plenamente la paz, la justicia verdadera, es vertebrándose con el cristianismo. Este es la oportunidad para que el Estado alcance la justicia. Sin embargo, para San Agustín, esto no es suficiente, pues esa condición no puede ser permanente. Él dice que, en una sociedad justa, las cosas, los bienes, pertenecían a quienes pudiesen usarlos de la forma más digna y bondadosa. Esto sería imposible. San Agustín sostiene que la justicia solo se alcanzará en la Ciudad Celeste, mientras que en las sociedades terrestres puede haber una justicia y una paz relativamente durables, pero no eternas.

Ley Eterna y Ley Temporal

Los conceptos de San Agustín están vinculados a la ley eterna y la ley temporal. Su concepción de la ley eterna coincide con la ley natural de Cicerón: la ley eterna no es otra cosa que la norma suprema inmutable revelada por Dios al ser humano. La ley temporal sería la traducción de esa justicia divina adaptada a las condiciones de cada territorio y cada momento. Las leyes temporales son transitorias e imperfectas, pero necesarias, pues el hombre, debido al pecado original, está condicionado por el mal. La ley temporal es un paliativo para evitar esta actitud. El Estado es consecuencia del pecado original. Si no hubiera pecado original, no habría Estado, entendido como órgano coercitivo, represivo, que utiliza para ello la ley, la cual no vuelve al hombre virtuoso.

Relación Iglesia-Estado

San Agustín acepta los Estados paganos siempre y cuando respeten la libertad de culto del cristianismo. Para San Agustín, la Iglesia aparece como la sociedad perfecta, pues no precisa de ninguna sociedad superior. Para él, los agentes políticos deben someterse, moralmente, al poder religioso, pero el poder político nunca debe subordinarse al religioso. Sin embargo, esta ambigüedad trajo el agustinismo político, una corriente política que se desarrolló por el Papado durante la Edad Media, en la que se defiende la subordinación del poder político al poder religioso. Para San Agustín, Roma no es el centro de la historia. Lo que quiere plantear es que la historia es un plan providencial creado por Dios en el que el cuerpo político juega un papel determinado. El advenimiento de la Ciudad Celeste es el fin último de ese plan providencial que es la historia. De esta manera, se rompe la visión cíclica que se tenía de esta y se le da un carácter finalista.

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