Ética Discursiva y Derechos Humanos: Un Diálogo Necesario

Ética Discursiva

La tradición dialógica es muy antigua, arranca de Sócrates (s. V a.C.) y pasa por el personalismo de autores como Martin Buber. Actualmente resurge con fuerza en la ética discursiva creada por Karl Otto Apel y Jürgen Habermas.

Creen ambos que la aportación kantiana es óptima, pero adolece de un defecto: considera la racionalidad moral monológica, cuando en realidad es dialógica.

El Test del Discurso

Cada norma debe someterse a un diálogo entre los afectados, que recibirá el nombre de discurso. Deben respetarse:

  • Puede participar en el discurso cualquier sujeto capaz de usar el lenguaje y actuar.
  • Cualquier participante puede problematizar o cuestionar cualquier afirmación que haya formulado él mismo u otro.
  • Cualquiera puede introducir en el discurso cualquier afirmación pertinente, lo que implica libertad para argumentar, presentar pruebas o introducir nuevos datos que tengan importancia respecto a aquello de que se trata.
  • Cualquiera puede expresar sus posiciones, deseos, necesidades o intereses en relación con el asunto del que trata el discurso.
  • No se puede impedir que ningún participante en el discurso ejerza sus derechos mediante ningún tipo de coacción. Eso excluye el uso de amenazas, insultos, violencia, soborno, extorsión ya sea por otro participante o por alguien externo.

Principios del Discurso

Para que una norma resultante del discurso sea moralmente válida, es necesario que se atenga a dos principios:

1. Principio de Universalización

Una norma será válida cuando todos los afectados por ella puedan aceptar libremente las consecuencias y efectos secundarios que se seguirían, previsiblemente, de su cumplimiento general para la satisfacción de los intereses de cada uno.

2. Principio de la Ética del Discurso

Solo pueden pretender validez las normas que encuentran aceptación por parte de todos los afectados, como participantes en un discurso práctico.

Derechos Humanos

Características

Los derechos humanos expresan las condiciones más básicas que se deben cumplir para que cualquier ser humano pueda desarrollarse y llevar una vida digna de personas.

  • Universales: Se deben reconocer a todos los seres humanos. Todos han de ser tratados como un semejante. Aunque todavía no se ha logrado toda la realización completa de los derechos fundamentales, eso no significa que estos derechos no sean universalizables, porque ya es universal la exigencia de reconocerlos.
  • Preferentes: Al entrar en conflicto con otros derechos, los derechos humanos tienen preferencia, deben ser protegidos de una manera prioritaria. El derecho a la vida y la salud es prioritario ante los derechos económicos.
  • Imprescriptibles: No se pueden perder, no caducan, no prescriben, sino que tienen vigencia para todos en todo momento. Pero eso no significa que no tengan límite, porque a menudo es necesario poner límites a unos derechos para poder disfrutar otros.
  • Inalienables: No se pueden ceder o traspasar a otras personas, todos tenemos los mismos derechos básicos y no es posible cederlos a nadie.
  • Indivisibles, interdependientes, innegociables: Todos los derechos son igualmente importantes, se complementan entre sí. No es correcto negar la protección de algunos con la excusa de satisfacer otros.

En resumen, los DH son las exigencias morales más básicas que deben ser satisfechas para mostrar el debido respeto a la dignidad de las personas.

Generaciones de Derechos

  1. Primera generación: Es la de los derechos civiles y políticos, el derecho a la vida y a la integridad física, a pensar y expresarse libremente, a reunirse con quien se desee, a desplazarse libremente, a participar en el gobierno del propio país, a no ser detenido sin un motivo legal, a ser juzgado con garantías de imparcialidad, a tener propiedad, a comerciar libremente. Libertad, estado liberal o de derecho.
  2. Segunda generación: Son los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al empleo y al salario justo, a la vivienda, a la salud, a la educación, a la cultura, a una pensión de jubilación. Igualdad.
  3. Tercera generación: Toda persona tiene derecho a nacer y vivir en un medio ambiente sano, no contaminado de polución y de ruido, el derecho a nacer y vivir en una sociedad en paz y el derecho al desarrollo. Son los derechos más básicos. Es necesaria la solidaridad internacional para que se puedan cumplir.

Estado de Derecho

Tipo de estado en que todos, especialmente los poderes públicos, están obligados por las leyes a respetar los derechos básicos de las personas.

Estado Social de Derecho

Tipo de estado que garantiza las mismas libertades básicas que el modelo liberal, pero además intenta redistribuir la riqueza para asegurar que toda la población tenga cubiertas las necesidades básicas y disponga de similares oportunidades para ejercer los derechos civiles y políticos.

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