Filo 2 examen y ultimo

JUICIOS:


La clasificación anterior está hecha atendiendo a si el predicado está o no incluido en la noción del sujeto. La clasificación de que nos ocupamos ahora está hecha atendiendo a otro criterio, a saber, al modo como es posible conocer la verdad de un juicio cualquiera.
Juicios a priori son aquellos cuya verdad puede ser conocida independientemente de la experiencia, ya que su fundamento no se halla en ésta. “Un todo es mayor que sus partes” es un juicio a priori: conocemos su verdad sin necesidad de comprobar y medir el todo y sus partes.
Juicios a posteriori son aquellos cuya verdad es conocida a partir de la experiencia. A Todos los nativos del pueblo X miden más de 1,90 metros es un juicio a posteriori: no tenemos otro recurso que observar a tales individuos, si queremos tener certeza de su verdad. Esta distinción permite diferenciar ciertas carácterísticas importantes de uno y otro tipo de juicios. Los juicios a priori son universales y necesarios: ninguna excepción es posible; por el contrario, los juicios a posteriori no son universales ni necesarios.

Fenómeno:

Las categorías no son aplicables más allá de la experiencia, más allá de lo dado en el espacio y el tiempo. Lo dado, lo intuido, en el espacio y el tiempo se denomina fenómeno (lo que aparece o se muestra al sujeto). Ahora bien, la idea misma de algo que aparece implica, correlativamente, la idea de algo que no aparece, la idea de algo en sí, independiente o fuera del sujeto. El objeto -en tanto que aparece y es conocido- se denomina fenómeno; el correlato del objeto, considerado al margen de su relación con la sensibilidad, lo denomina Kant cosa en sí, o bien noúmeno. La distinción entre fenómeno y noúmeno es fundamental en el sistema Kantiano. Al no ser no objeto de conocimiento sensible, el noúmeno marca el límite de nuestros conocimientos. No hay conocimiento de las cosas en sí, de los noúmenos. Lo anterior permite comprender por qué Kant denomina a su doctrina “idealismo transcendental”. En ésta se afirma que el espacio, el tiempo y las categorías son condiciones de posibilidad de la experiencia, de los fenómenos, y no propiedades o rasgos reales de las cosas en sí mismas.

JUICIOS Aritmética:

Además de exponer las condiciones sensibles del conocimiento, Kant se ocupa en la estética trascendental del conocimiento matemático. A primera vista puede parecer extraño que Kant se ocupe de las matemáticas al tratar de las condiciones sensibles del conocimiento: las matemáticas, desde luego, no se hacen con los sentidos sino con el entendimiento. Si Kant se ocupa de las Matemáticas en este momento es porque piensa que la posibilidad de los juicios sintéticos a priori en esta ciencia depende precisamente de que el espacio y el tiempo son intuiciones puras. El razonamiento de Kant al respecto puede resumirse del siguiente modo: 1. La Geometría y la Aritmética se ocupan, respectivamente, del espacio y del tiempo. Que la Geometría se ocupa de determinar las propiedades del espacio no parece, en principio, difícil de admitir. 


Que la Aritmética tenga que ver con el tiempo resulta, sin embargo, una afirmación extraña. Y así es, según Kant: la aritmética se ocupa de la serie numérica (1, 2,3… N) y ésta, a su vez, se basa en la sucesión temporal (el 2 antes que el 3, y después del 1, etc.) El tiempo es, según Kant, el fundamento último de la Aritmética.

La razón y las ideas. Yo, Mundo, Dios:

Nuestra razón busca unificar todos nuestros conocimientos en conceptos últimos. Estos conceptos son denominados ideas. Así, por ejemplo: 1. Todos los fenómenos físicos se pretenden unificar y explicar refiriéndolos a una idea que denominamos Mundo, como totalidad de todo lo existente fuera de nosotros; 2. Todos los fenómenos psíquicos se pretenden unificar y explicar refiriéndolos a una idea denominada Yo. 3. Dios, es el concepto último, concebido como causa del Yo y del Mundo. Ahora bien, a) Dios, Yo y Mundo son tan sólo ideas en nuestra razón y no realidades que podamos conocer. B) Las teorías metafísicas pretenden explicar las cosas en sí que integran lo que denominamos Yo, Dios y Mundo, lo cual, según el análisis kantiano que hemos desarrollado, queda desautorizado o deslegitimado- por seguir el vocabulario jurídico empleado por Kant cuando supónía que la razón debía constituirse en juez de sí misma, de sus posibilidades-. Queda pues claro que la Metafísica, según este autor, no puede considerarse como ciencia.

LEY MORAL:

El deber se me hace presente mediante la obediencia a una ley universalmente válida, la ley moral.
Ésta consiste en un conjunto de preceptos que puedo establecer racionalmente por mi mismo y querer coherentemente que sean obedecidos por todos los seres racionales. Éstas son las condiciones formales de la moralidad que Kant establece: racionalidad, autonomía moral y universalización consistente. Da como ejemplo de precepto moral el cumplimiento de las promesas. El imperativo categórico Ahora bien, dado que la voluntad humana no es santa, la ley moral adopta para los hombres la forma de imperativo. La voluntad humana no está constituida de tal manera que coincida plenamente y siempre con las leyes de la razón, sino que está también bajo la influencia de otros impulsos o inclinaciones no acordes con la razón. Por este motivo, la ley moral, principio objetivo de la razón, se presenta presionando a la voluntad que percibe la ley moral como un mandato como un imperativo. Kant distingue en este punto los imperativos hipotéticos de los categóricos: son hipotéticos los imperativos que prescriben una acción como buena o necesaria para conseguir algún propósito, su fórmula es «deber hacer tal y cual cosa si…», son categóricos los imerativos que no están limitados por ninguna condición, su forma es «debes hacer tal y cual cosa». La ley moral de Kant tendrá obviamente la forma de un imperativo categórico, puesto que, como ya hemos visto, hay que cumplir con el deber por amor al cumplimiento del deber.


JUICIOS:


La clasificación anterior está hecha atendiendo a si el predicado está o no incluido en la noción del sujeto. La clasificación de que nos ocupamos ahora está hecha atendiendo a otro criterio, a saber, al modo como es posible conocer la verdad de un juicio cualquiera.
Juicios a priori son aquellos cuya verdad puede ser conocida independientemente de la experiencia, ya que su fundamento no se halla en ésta. “Un todo es mayor que sus partes” es un juicio a priori: conocemos su verdad sin necesidad de comprobar y medir el todo y sus partes.
Juicios a posteriori son aquellos cuya verdad es conocida a partir de la experiencia. A Todos los nativos del pueblo X miden más de 1,90 metros es un juicio a posteriori: no tenemos otro recurso que observar a tales individuos, si queremos tener certeza de su verdad. Esta distinción permite diferenciar ciertas carácterísticas importantes de uno y otro tipo de juicios. Los juicios a priori son universales y necesarios: ninguna excepción es posible; por el contrario, los juicios a posteriori no son universales ni necesarios.

Fenómeno:

Las categorías no son aplicables más allá de la experiencia, más allá de lo dado en el espacio y el tiempo. Lo dado, lo intuido, en el espacio y el tiempo se denomina fenómeno (lo que aparece o se muestra al sujeto). Ahora bien, la idea misma de algo que aparece implica, correlativamente, la idea de algo que no aparece, la idea de algo en sí, independiente o fuera del sujeto. El objeto -en tanto que aparece y es conocido- se denomina fenómeno; el correlato del objeto, considerado al margen de su relación con la sensibilidad, lo denomina Kant cosa en sí, o bien noúmeno. La distinción entre fenómeno y noúmeno es fundamental en el sistema Kantiano. Al no ser no objeto de conocimiento sensible, el noúmeno marca el límite de nuestros conocimientos. No hay conocimiento de las cosas en sí, de los noúmenos. Lo anterior permite comprender por qué Kant denomina a su doctrina “idealismo transcendental”. En ésta se afirma que el espacio, el tiempo y las categorías son condiciones de posibilidad de la experiencia, de los fenómenos, y no propiedades o rasgos reales de las cosas en sí mismas. 

JUICIOS Aritmética:

Además de exponer las condiciones sensibles del conocimiento, Kant se ocupa en la estética trascendental del conocimiento matemático. A primera vista puede parecer extraño que Kant se ocupe de las matemáticas al tratar de las condiciones sensibles del conocimiento: las matemáticas, desde luego, no se hacen con los sentidos sino con el entendimiento. Si Kant se ocupa de las Matemáticas en este momento es porque piensa que la posibilidad de los juicios sintéticos a priori en esta ciencia depende precisamente de que el espacio y el tiempo son intuiciones puras. El razonamiento de Kant al respecto puede resumirse del siguiente modo: 1. La Geometría y la Aritmética se ocupan, respectivamente, del espacio y del tiempo. Que la Geometría se ocupa de determinar las propiedades del espacio no parece, en principio, difícil de admitir.  


Que la Aritmética tenga que ver con el tiempo resulta, sin embargo, una afirmación extraña. Y así es, según Kant: la aritmética se ocupa de la serie numérica (1, 2,3… N) y ésta, a su vez, se basa en la sucesión temporal (el 2 antes que el 3, y después del 1, etc.) El tiempo es, según Kant, el fundamento último de la Aritmética.

La razón y las ideas. Yo, Mundo, Dios:

Nuestra razón busca unificar todos nuestros conocimientos en conceptos últimos. Estos conceptos son denominados ideas. Así, por ejemplo: 1. Todos los fenómenos físicos se pretenden unificar y explicar refiriéndolos a una idea que denominamos Mundo, como totalidad de todo lo existente fuera de nosotros; 2. Todos los fenómenos psíquicos se pretenden unificar y explicar refiriéndolos a una idea denominada Yo. 3. Dios, es el concepto último, concebido como causa del Yo y del Mundo. Ahora bien, a) Dios, Yo y Mundo son tan sólo ideas en nuestra razón y no realidades que podamos conocer. B) Las teorías metafísicas pretenden explicar las cosas en sí que integran lo que denominamos Yo, Dios y Mundo, lo cual, según el análisis kantiano que hemos desarrollado, queda desautorizado o deslegitimado- por seguir el vocabulario jurídico empleado por Kant cuando supónía que la razón debía constituirse en juez de sí misma, de sus posibilidades-. Queda pues claro que la Metafísica, según este autor, no puede considerarse como ciencia.

LEY MORAL:

El deber se me hace presente mediante la obediencia a una ley universalmente válida, la ley moral. Ésta consiste en un conjunto de preceptos que puedo establecer racionalmente por mi mismo y querer coherentemente que sean obedecidos por todos los seres racionales. Éstas son las condiciones formales de la moralidad que Kant establece: racionalidad, autonomía moral y universalización consistente. Da como ejemplo de precepto moral el cumplimiento de las promesas. El imperativo categórico Ahora bien, dado que la voluntad humana no es santa, la ley moral adopta para los hombres la forma de imperativo. La voluntad humana no está constituida de tal manera que coincida plenamente y siempre con las leyes de la razón, sino que está también bajo la influencia de otros impulsos o inclinaciones no acordes con la razón. Por este motivo, la ley moral, principio objetivo de la razón, se presenta presionando a la voluntad que percibe la ley moral como un mandato como un imperativo. Kant distingue en este punto los imperativos hipotéticos de los categóricos: son hipotéticos los imperativos que prescriben una acción como buena o necesaria para conseguir algún propósito, su fórmula es «deber hacer tal y cual cosa si…», son categóricos los imperativos que no están limitados por ninguna condición, su forma es «debes hacer tal y cual cosa». La ley moral de Kant tendrá obviamente la forma de un imperativo categórico, puesto que, como ya hemos visto, hay que cumplir con el deber por amor al cumplimiento del deber.

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