1. El hombre
1.1. Igualdad y desigualdad
La tesis que sostiene Rousseau es esta: los hombres en estado de naturaleza son iguales, no existe más desigualdad que la natural (talento, estatura, peso, cualidades…). ¿Qué es lo que ha hecho a los hombres desiguales? Es la propiedad, la sociedad política, el gobierno y la ley. En el momento en que se introduce la propiedad en lo social es cuando desaparece la igualdad. Además, la sociedad política aplicó nuevas ataduras al pobre y dio nuevos poderes al rico: destruyó irrecuperablemente la libertad natural y fijó eternamente la ley de la propiedad y de la desigualdad.
1.2. Estado natural del hombre
Rousseau distingue entre estado de naturaleza y estado social con el fin de distinguir lo que hay de originario y lo que hay de artificial en la naturaleza actual. El estado de naturaleza designa el supuesto estado o situación del hombre con anterioridad a su vida en la sociedad. Es el estado en que el hombre sería bueno y feliz, independiente y libre, y guiado por el sano amor de sí mismo. El hombre es bueno por naturaleza. Rousseau no está designando un estado que exista o haya existido; es un concepto, mucho más que una realidad que pudo darse en un tiempo. El estado social designa la real situación presente en que se encuentra el hombre al vivir en esta sociedad. Aquí es donde el hombre se hace malo, está movido por el egoísmo, el ansia de tener (la propiedad) que le hace ser un hombre artificial y se rige por la injusticia, la opresión y la falta de una auténtica libertad.
1.3. La libertad
El hombre en estado natural es naturalmente bueno; y tiene en su entraña grabada una tendencia al bien y a la felicidad, no al mal. Si cada hombre en la sociedad une su voluntad a la de otro hombre y a la de otro, y así a la de todos los hombres de una sociedad, se forma una voluntad general nacida de una tendencia natural al bien y a la felicidad de los hombres. Y claro, la tarea del legislador consiste en poner las leyes en conformidad con esa voluntad general y la tarea del ciudadano consiste en poner su voluntad particular en armonía con esa voluntad general. ¿Y dónde está en todo esto la libertad del individuo? Rousseau responde: los hombres son libres por naturaleza y se unen en sociedad para asegurar, no solo su propiedad y su vida, sino sobre todo su libertad. El verdadero contrato social ha de ser, pues, un contrato de libertad. ¿No es algo contradictorio decir que los hombres se hacen libres y se protegen de la sumisión convirtiéndose en súbditos? Rousseau responde: al obedecer a la ley, un hombre se obedece a sí mismo, a su propia razón, a su propio juicio; está siguiendo su voluntad real. Seguir su propio juicio y su propia voluntad es lo mismo que ser un hombre libre. Por tanto, el ciudadano que obedece a la voluntad general es el hombre verdaderamente libre, porque obedece a una ley que expresa su propia voluntad real.
2. La sociedad y el contrato social
El individuo solo puede ser libre en el seno de la comunidad. El problema está en que en esta sociedad concreta (la sociedad de su época, que es el objeto de su crítica) el hombre se encuentra en un estado casi salvaje, sin ley ni moralidad. Como la maldad de los hombres es debida a la maldad de la sociedad, los hombres solo pueden ser buenos si se produce una reforma profunda de la sociedad. La crítica del injusto orden social y de la cultura no significa en Rousseau el retorno a un estado natural (en cuanto orden libre, sin trabas) o de barbarie, porque el hombre solo en sociedad desarrolla su vida intelectual y moral. Se trata de la transformación del orden social establecido por la fuerza, en un orden establecido por leyes dadas por los hombres mismos en igualdad y libertad, es decir, un orden vivido en autonomía. Por tanto, para que el orden social sea legítimo y justificado, tendrá que fundarse en el acuerdo, en un contrato social. Los hombres tienen que unirse y fundar una asociación que proteja a las personas y a los bienes de cada uno, y en la que sigan siendo tan libres como antes. En esta sociedad se adquiere una forma de libertad superior a aquella de la que se disfruta en el estado de naturaleza. En la teoría de Rousseau, el contrato originario crea un soberano idéntico con las partes contratantes, tomadas colectivamente; y no se dice nada del gobierno. Para el gobierno, es pura y simplemente el poder ejecutivo dependiente de la voluntad general. Así pues, aspira a un proyecto político en el que fueran compatibles la igualdad y la libertad, aunque siempre bajo la autoridad de las leyes. Esas leyes que se las ha dado a sí mismo el pueblo, cuando ejerce la soberanía, al expresar la voluntad general.