John Locke y el Pensamiento Liberal
John Locke, considerado uno de los padres del liberalismo, tenía como objetivo principal la defensa de las libertades individuales. Desde el punto de vista económico, el liberalismo propone el derecho fundamental de los individuos a la propiedad privada.
Los Límites del Estado según Locke
Según Locke, el estado tiene límites muy definidos, que son:
- Los derechos individuales: Principalmente el derecho a la propiedad y la igualdad ante la ley.
- La intransferibilidad de la soberanía: Solo el pueblo debe otorgar el poder; este no se puede heredar.
- La división de poderes: El poder ejecutivo y el legislativo deben estar en diferentes manos.
- El derecho de resistencia ante el tirano.
Restricciones a la Propiedad según Locke
Tras la teoría del estado, Locke aborda la justificación de la propiedad privada, admitiendo tres restricciones:
- La inutilidad: No se deben acaparar propiedades cuya acumulación haga imposible que sirvan para satisfacer nuestras necesidades.
- La suficiencia: La acumulación de propiedades debe permitir que queden propiedades para los demás.
- El trabajo: Deben quedar suficientes propiedades para que el trabajo pueda crear propiedad.
El Contrato Social de Rousseau
El objetivo de Rousseau es un pacto social en el que el hombre no renuncie a la libertad, sino que le dé un nuevo sentido. Para cumplir este objetivo, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- No enmascarar el hecho social de la sumisión.
- Se deben suprimir las jerarquías.
- Únicamente debemos someternos a la razón; este es el límite de la libertad.
El contrato social consiste en la renuncia de algunos de los derechos naturales asociados en beneficio de la comunidad.
- La libertad natural se convierte en civil o en libertad normalizada, legislada y reconocida.
- Las posesiones, con el contrato social, se convierten en propiedades (posesiones reconocidas por la comunidad).
- Todos renuncian en beneficio de la comunidad.
- Los límites para nuestra libertad son autoimpuestos.
La Sociabilidad Humana
El ser humano es un ser social en tres sentidos:
- El hombre no hubiera conseguido sobrevivir de no ser por su naturaleza social, es decir, por su capacidad de convivir con otros hombres.
- Las acciones humanas poseen un carácter social, porque obedecen a motivaciones sociales, como la cohesión e integración del grupo.
- El ser humano individual piensa, siente y actúa como lo hace porque ha sido educado en una sociedad en la que la humanidad y la sociabilidad del hombre son inseparables.
Podríamos definir la sociabilidad humana como la capacidad, natural o adquirida, que el hombre tiene de pertenecer a grupos organizados o de comunicarse con otros. La sociabilidad se refiere a la característica de la especie humana de vivir en sociedad; es un concepto filosófico.
Individuo y Estado
No hay oposición entre el individuo y el estado. El contrato social modifica la condición humana duplicando nuestra condición:
- Por un lado, somos hombres privados, individuos con intereses particulares.
- Por otro lado, somos ciudadanos que contribuyen a la voluntad general.
Esto hace necesario que existan medios coercitivos que aseguren el cumplimiento del contrato social.
La Teoría Contractualista de Jean-Jacques Rousseau
Rousseau es un ilustrado francés que estaba convencido de dos cosas:
- La suficiencia de la razón para solucionar los problemas políticos y sociales. La sociedad termina transformando nuestra naturaleza buena, convirtiéndonos en egoístas e interesados.
- La importancia de la libertad: un sistema político que haga conciliar la «voluntad general» y las libertades individuales.
El contrato social es un instrumento que integra el bien común y el bien individual. La voluntad general es una forma de asociación política ideal en la que lo que uno quiere para sí, lo quiere también para los demás. En su obra «El contrato social», intenta construir un espacio de convivencia donde el egoísmo (frente a Hobbes) y las diferencias (frente a Locke) se disuelvan, y donde todos los individuos tengan una vida mejor.
Tipos de Legitimación del Poder según Max Weber
Max Weber distingue tres tipos de legitimidad:
- Legitimidad tradicional: Procede de la tradición y de las costumbres. Se integran prejuicios de la sabiduría popular. Se da en los regímenes monárquicos y en las sociedades patriarcales.
- Legitimidad carismática: Proviene del «carisma» de una persona para crear ideales colectivos. Es la autoridad de los grandes líderes, profetas o caudillos con los que los pueblos se identifican.
- Legitimidad legal-racional: Es propia de las sociedades adultas. Los hombres quieren dar una solución racional a los conflictos. Para ello, se organiza la constitución y las leyes determinan las autoridades. La justificación legal-racional es la propia de las sociedades democráticas modernas.
Reflexión sobre la Sociabilidad Humana
El ser humano es un ser social en tres sentidos:
- El hombre no hubiera conseguido sobrevivir de no ser por su naturaleza social, es decir, por su capacidad de convivir con otros hombres.
- Las acciones humanas poseen un carácter social, porque obedecen a motivaciones sociales, como la cohesión e integración del grupo.
- El ser humano individual piensa, siente y actúa como lo hace porque ha sido educado en una sociedad en la que la humanidad y la sociabilidad del hombre son inseparables.
Podríamos definir la sociabilidad humana como la capacidad, natural o adquirida, que el hombre tiene de pertenecer a grupos organizados o de comunicarse con otros. La sociabilidad se refiere a la característica de la especie humana de vivir en sociedad; es un concepto filosófico.